El ministro del Interior aseveró que una orden judicial habilita a destruir las pertenencias de los ocupantes, como ocurrió en Luque. La Policía asegura que no y la Fiscalía calló sobre el tema.

El Gobierno aseguró que hubo una orden judicial en el violento desalojo que se llevó acabo la semana pasada en el predio de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (Copaco) ubicado en Isla Bogado, Luque. Incluso, afirmó el ministro del Interior Juan Ernesto Villamayor que la orden judicial incluía la destrucción de las pertenencias de los desalojados. Sin embargo Última Hora intentó encontrar de dónde salió dicha orden judicial y no la halló. Al parecer, nunca existió.

Las cuatro secretarías del Juzgado Civil de Luque indicaron que ellos en ningún momento emitieron una orden judicial de desalojo del predio de la Copaco. De hecho, el fiscal adjunto de la Unidad de Derechos Humanos del Ministerio Público, Ricardo Merlo, dijo que no hubo orden judicial.

Sin embargo, Villamayor mencionó que hubo orden judicial; es más, indicó que la destrucción fue también por requerimiento de la Justicia.

“La orden de destrucción es una orden jurisdiccional (en el desalojo), la Justicia ordena la destrucción”, dijo el ministro en contacto con 780 AM el pasado viernes en horas de la mañana. Incluso fue más allá, pues en el Hospital Rigoberto Caballero aseveró a los medios que la orden de desalojo incluía la destrucción, sin importar el método.

En varias filmaciones del desalojo ejecutado el pasado martes se observa cómo los policías queman las pertenencias de los ocupantes.

Sobre estos hechos también consultamos a Merlo, y nos derivó con la agente fiscal Fátima Villasboa, quien es la fiscala de la causa y la que encabezó en el operativo. Pero la fiscala Villasboa evitó emitir comentario alguno sobre la quema y destrucción.

El que sí respondió fue el director de Policía de Central, el comisario Carlos Aguilera, quien indicó que no puede desmentir que el personal policial haya quemado las pertenencias, y aseguró que no hubo orden.

“Nadie ordenó (quemar las pertenencias), cada personal es responsable y pedimos a Asuntos Internos que investigue, porque cada uno es responsable”, aseveró el director, y recalcó que no hubo orden judicial para destruir.

En este sentido, una de las que opinó por redes sociales sobre la destrucción de los bienes de los ocupantes fue la fiscala Teresa Sosa Laconich. “Hacer un inventario de los objetos incautados, no apropiarse ni destruirlos”, escribió la agente en su cuenta de Twitter.

En este sentido, la abogada penalista Cecilia Pérez Rivas explicó que en el marco de la investigación de un hecho punible no se puede destruir nada, se debe recoger como evidencia de una ocupación.

“La ley dice que vos, si ya no necesitas en el marco de la investigación, el uso de los bienes que fueron incautados, después devuelve, si es que no se va a decomisar como parte de la reparación del daño”, explicó Pérez Rivas.

BASADOS EN CONVENIO. Otro de los puntos es que el procedimiento de Luque, así como el de Alto Paraná (un día antes) y el de Caaguazú, después, se realizó sin orden de un Juzgado Civil. El fiscal Ricardo Merlo sostiene que no es necesaria una orden judicial. “Lo que se hace es interrumpir la continuación de un hecho punible. Se activan las fases de la denuncia, se verifica que la persona sea propietaria”, dice Merlo, y agrega que “se hace la restitución de la propiedad para cortar la continuidad”.

El término que utiliza la Fiscalía para hacer un desalojo sin orden judicial es el “cese del hecho punible”, en este caso, invasión de inmueble. //UltimHora