En los próximos 60 días de reglamentación de la ley de tobilleras electrónicas, se definirán costos, aplicaciones y otros detalles. El uso de estos dispositivos, costeado por el procesado, será considerado un privilegio de concesión única, que se revocará para siempre en caso de intento de incumplimiento.

Desde la Comandancia de la Policía Nacional se preparan para la entrada en vigencia de la ley que habilita al uso de los dispositivos electrónicos en personas beneficiadas con arresto domiciliario.

Las tobilleras se incorporan a hechos punibles previstos en el Código Penal y Código de la Niñez y Adolescencia, para hechos como violencia doméstica, familiar, contra la mujer y contra los niños.

La Oficina Interinstitucional estará conformada por el Poder Judicial, el Ministerio del Interior, el Ministerio Público, la Defensa Pública y la Policía Nacional. El proceso se cumplirá en estos dos meses venideros.

Los beneficiados con estos dispositivos deberán para por el alquiler de estos, a menos que se declaren insolventes, situación que deberá demostrarse con documentos y testigos calificados.

En cuanto a los costos aproximados, todavía no fueron definidos, pero será otro ítem que se conocerá en estos 60 días, teniendo en cuenta que, el Estado no comprará los equipos, sino que será un servicio tercerizado.

Todos traen un sistema de seguridad sensible a los golpes o hechos violentos que tengan la intención de desactivar el dispositivo. Estos intentos pueden ser detectados por el sistema de monitoreo, ante lo cual, la Policía puede constituirse en el domicilio para la verificación. De constatar la tentativa de remoción, el procesado o condenado puede perder el privilegio de forma definitiva y tener que ir a la cárcel en lugar de guardar reclusión en su casa.

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