Familiares de una niña de 11 años, quien fue abusada en reiteradas ocasiones, lamentaron la decisión de un tribunal de sentencia que condenó a solo cinco años al responsable del hecho y manifestaron que para los pobres no hay justicia.
El hombre condenado a solo cinco años por abuso sexual en niños es un argentino de 36 años de edad, que vivía en el Departamento de San Pedro en concubinato con una docente, quien llevó como criada a la niña de 11 años
La niña tuvo que huir del lugar porque aparte de ser maltratada por la docente, también era abusada por el concubino de la mujer. Tras denunciarse el hecho, el hombre huyó a la Argentina y meses después fue detenido y extraditado a nuestro país.
El martes culminó el juicio oral y público en la ciudad de San Estanislao y el tribunal de Sentencia, presidido por la abogada Ninfa Aguilar, y Romina Onieva y Walter Ramírez como miembros, decidió condenar al hombre a solamente a cinco años de prisión.
El acusado tuvo todo un equipo de abogados en su defensa, encabezado por Juan Ramírez Kohn y el abogado Enrique Villagra.
El Ministerio Público fue representado por el abogado Rusbel Benítez, quien solicitó 10 años de prisión, ya que presentó todas las evidencias que confirman que efectivamente la niña fue abusada durante varios meses y que también sufría maltratos en el hogar, pero para el tribunal, esto no bastó y la sentencia fue solo de cinco años.
Este caso data del año 2017 y el hombre se encuentra recluido en el penal de Tacumbú. La docente también fue imputada por abuso sexual y maltrato.
Para los familiares de la niña abusada, la condena recibida es muy leve y señalaron que venían luchando desde el inicio mismo para que el responsable sea castigado con todo el peso de la ley.
Asimismo manifestaron su decepción hacia la Justicia del país, “que no mide con la misma vara a los pobres y ricos”.
La niña también habría sido abusada por su primo, por lo que quedó embarazada. La prueba de ADN descartó que el padre sea el ahora condenado.
Los nombres de la niña, su madre y el condenado se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctima o supuesto autor de hechos punibles.
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