La Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto que eleva la pena por el hecho punible de sustracción de energía eléctrica de manera ilegal de 2 a 10 años de cárcel. El agravante es la sustracción para fines comerciales, como la criptominería.

Los senadores, durante la sesión ordinaria de este miércoles, aprobaron con modificaciones el proyecto de ley que modifica el artículo 173 del Código Penal Paraguayo, donde se propone elevar la pena en los hechos punibles de sustracción de energía eléctrica de manera ilegal. El proyecto pasó a la Cámara de Diputados.

Con las modificaciones del Código Penal, se busca elevar la pena en los hechos de sustracción de energía eléctrica cometidos con fines comerciales, industriales o de alguna otra actividad lucrativa, como también se establece el comiso de los equipos utilizados y su entrega en propiedad a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

El senador proyectista Éver Villalba afirmó que se busca elevar el castigo a una pena privativa de libertad o con multa al que lesione el derecho de otros sobre la energía eléctrica con la intención de beneficiarse mediante la utilización o sustracción indebida de una instalación u otro dispositivo empleado para su almacenaje o transmisión.

En ese sentido, detalló que en el proyecto se agrega un segundo inciso donde se hace referencia a los “casos graves” y se establece una pena de entre dos y hasta 10 años para el autor que cometa este hecho con fines comerciales, industriales u otra actividad lucrativa, como también cuando un funcionario abusa de su posición o cuando un particular se apoya en ese funcionario para cometer los hechos denunciados.

“No debemos criminalizar la actividad de la criptominería, lo que estamos regulando hoy con esta modificación es el uso irregular de la energía, esa gente que se engancha a la red de la ANDE y con esa conexión irregular ganan millones de dinero”, remarcó el proyectista.

La discusión se centró en no penalizar a la ciudadanía que recurre a la sustracción de energía eléctrica, pero sí a aquellas personas que se dedican con fines comerciales o industriales

Finalmente, tras un extenso debate a través del voto electrónico se aprobó el texto consensuado entre las comisiones citadas anteriormente y el proyectista. El proyecto de Ley aprobado con modificaciones será remitido a la Cámara de Diputados, para su estudio y consideración.

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