La Subsecretaría de Tributación sostiene que está abierta a acordar medidas temporales, pero no está dispuesta a modificar la normativa cuestionada por decenas de gremios empresariales.

Sobre la propuesta del empresariado de revisar aspectos de la Ley 6380, de Modernización Tributaria, como la deducibilidad de los gastos, precios de transferencia y alcances del impuesto a los dividendos y utilidades (IDU), el viceministro de Tributación, Óscar Orué, expresó que un retroceso sería perjudicial. Recordó que los impuestos se aplican sobre las ganancias y que por tanto las empresas que sufrieron pérdidas durante la pandemia no deberían preocuparse.

“De nuestra parte, el diálogo siempre va a existir y siempre vamos a estar dispuestos a consensuar algunas cosas, pero retroceder en lo que ya hicimos, yo creo que no va a ser posible. Retroceder va a perjudicar el avance que tiene el sistema tributario”, afirmó sobre la nota que presentaron el miércoles gremios de la producción, industria y servicios.

Sobre los acuerdos, Orué se refirió a medidas temporales, como las que se están aplicando en el marco de la emergencia sanitaria, entre ellas la reducción del impuesto al valor agregado en un 50% y la rebaja del impuesto selectivo al consumo.

En ese sentido, tampoco está de acuerdo con el argumento del sector privado que sostiene que la Ley de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario reforzó el impacto negativo de la pandemia, debido a que las empresas y personas que tuvieron pérdidas por las restricciones de sus actividades no pagarán impuestos, pues estos se calculan sobre las ganancias.

La limitación de la deducibilidad de los gastos y la presunción de la distribución de las utilidades –hecho generador del IDU– en los casos en que la sociedad no los capitalice en el plazo de 12 meses, forman parte de las principales preocupaciones de los contribuyentes, pero la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) las refuta.

“El tema de la deducibilidad que ellos hablan, eso va a ser un retroceso, porque es una medida antielusión que no solo se aplica en Paraguay, sino que en cualquier parte del mundo”, indicó Orué sobre el pedido de cambios en el impuesto a la renta empresarial e impuesto a la renta personal. El Centro de Importadores, la Cámara Paraguaya de Supermercados, Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias, Cámara de Exportadores y Comercializadores de Cereales y Oleaginosas y la Asociación Rural son algunos de los 30 gremios que califican de abusiva e inconstitucional las interpretaciones de reforma tributaria.


Tasa del fraccionamiento será similar a las tarjetas
La tasa para financiar el pago del impuesto a la renta personal (IRP) y otros tributos estará en torno al 1,1% mensual, que también es el tope para las tarjetas de crédito. Aún falta el decreto.
El viceministro de Tributación, Óscar Orué, no precisó la tasa exacta, pero indicó que el objetivo es equiparar con las tarjetas, cuyos límites también sufrieron modificaciones en el marco de la emergencia sanitaria.
De esta manera se beneficiarán contribuyentes del impuesto a la renta empresarial (IRE), impuesto selectivo al consumo (ISC) y de IRP, que tienen tasas actuales de fraccionamiento de 1,4% mensual.
TASA CERO. El Senado finalmente no trató ayer el proyecto de ley que exonera hasta diciembre los intereses a la financiación del IRP. La propuesta, que quedó pendiente para la próxima semana, fue presentada por la bancada de Patria Querida.

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