Desde el día domingo 18 de abril empezó a regir la nueva Ordenanza Municipal por el cual se declara de Emergencia Sanitaria implementando medidas restrictivas ante el riesgo y la expiación del Covid-19 en Coronel Oviedo. Los controles iniciaron el día de ayer y continuarán durante toda esta semana.


En la mañana este lunes el secretario general de la Municipalidad de Coronel Oviedo, Guillermo Benítez, explicó en Prensa 5 Multimedios los alcances de la Ordenanza 002/2021.


Recordemos que actualmente la capital departamental se encuentra en Alerta Roja, por la cantidad de contagios y fallecidos que se reportan diariamente dentro de la capital departamental. Los controles interinstitucionales iniciaron el día de ayer donde se reportaron varios infractores quienes se encontraban bebiendo bebidas alcohólicas en la vía pública.


A las 16:00 horas de este lunes iniciaron nuevamente los controles sanitarios de forma interinstitucional.


La Ordenanza establece medidas restrictivas temporales que reduzcan el riesgo de expansión de la epidemia Covid-19 en todo el distrito de Coronel Oviedo, por 8 días, desde el día 18-04-2021 hasta el día 25-04-2021, en un horario comprendido desde las 22:00 horas, hasta las 05:00horas.


De igual manera fija como horario de apertura de todo tipo de comercios desde las 05:00 horas hasta las 22:00 horas, exceptuándose de este horario, los comercios esenciales (supermercados, despensas y farmacias) y expendio de combustibles.


Se prohíbe la permanencia de personas para consumo de bebidas alcohólicas dentro y fuera de los locales de venta durante la vigencia de la Ordenanza.

Autoriza la permanencia de personas para consumo de alimentos dentro y fuera de los locales de venta de comida rápida, limitaría, pizzería, copetines, restaurantes y todos los locales gastronómicos hasta las 22:00, cumpliendo los protocolos de salubridad reglamentada, cuyo control quedará a cargo de la Dirección de Industria y Comercio de la Municipalidad.


También se autoriza la modalidad de entrega a domicilio “delivery”, hasta las 23:59 horas, prohibiéndose la comercialización y distribución de bebidas alcohólicas de conformidad al Decreto Presidencial vigente.


De igual manera queda prohibida la práctica de todo tipo de juegos deportivos colectivos amateur dentro de la modalidad de “pikivóley, pikitenis, fútbol, vóley, pádel, basquetbol, deporte motor, carrera caballo, carrera a pie, entre otros”, al igual que juegos de azar y de mesa, como “bolo, pase, naipes, dados, juegos electrónicos, tragamonedas, entre otros”.


También queda prohibida la celebración de eventos culturales, festejos sociales como “cumpleaños, baby shower, casamientos y reuniones políticas.


Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública “plazas, parques y otros espacios al aire libre” destinados a la actividad física.


Se establece la realización de actos y cultos religiosos hasta 20 personas en lugares cerrados.


El incumplimiento de la Ordenanza, se sancionará de la siguiente forma; Multas desde 1 jornal diario hasta 25 jornales diarios.