La medida del Poder Ejecutivo en torno a la Ley de Arancel Cero afecta a todas las universidades públicas del país, al Instituto Superior de Bellas Artes, al Instituto Nacional de Educación Superior, a los institutos de formación docente dependientes del MEC y al Instituto Nacional de Salud.
El plazo para la reglamentación de la Ley de Arancel Cero venció el domingo y este lunes se conoció el decreto por el cual el Poder Ejecutivo oficializó la normativa, según informó el periodista Robert Santander. El texto había sido promulgado en noviembre del 2020.
La Ley de Arancel Cero rige solamente para los egresados de colegios públicos o subvencionados. Los universitarios estaban pendientes de su reglamentación, ya que había denuncias de que algunas facultades de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) estarían cobrando por cursillos de admisión, a pesar de la vigencia de la normativa.
Desde la Coordinadora Estudiantil lamentaron que no sea universal, pero valoraron la medida por ser un “primer paso histórico” para la gratuidad de la educación superior en Paraguay.
El documento establece que los estudiantes de instituciones públicas y subvencionadas están eximidos de abonar “todo tipo de aranceles en concepto de matrículas u otros relacionados con los cursos probatorios de nivelación, preparatorios, de admisión y similares”.
Con respecto a los estudiantes egresados de la Educación Media del sector privado, deben acreditar su situación de vulnerabilidad para acceder al beneficio. Se deberá gestionar ante el Ministerio de Desarrollo Social.
Además, “durante la carrera de grado y a fin de continuar con el beneficio señalado, el estudiante no deberá sobrepasar dos años al periodo establecido en el proyecto académico o currículo de cada carrera”. También establece que no tendrán la gratuidad aquellos estudiantes que sobrepasen los cinco años de egresados de la Educación Media, contados desde el momento de la solicitud a los cursos de admisión y similares.
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