La defensa de la víctima asegura que una sentencia de la CIDH podría sentar un precedente en la región en materia de derechos sexuales y reproductivos. A los 14 años, la estudiante fue violada por el vicerrector de su colegio, obligada a abortar y luego extorsionada por el médico que practicó la interrupción del embarazo sólo a cambio de favores sexuales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) comenzó el martes el proceso contra el Estado de Ecuador por el caso de Paola Guzmán Albarracín, quien habría sufrido violencia sexual por parte de dos funcionarios del colegio público al que asistía y que a raíz de ello se habría suicidado a sus 16 años de edad en el año 2002.
El caso es considerado por la parte demandante como emblemático para el continente, pues considera que la CIDH tiene la posibilidad de crear jurisprudencia sobre diversos asuntos, entre estos los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y las mujeres.
En la audiencia que se celebró el martes en la sede de la Corte en Costa Rica, el Estado de Ecuador reconoció parcialmente su responsabilidad en los hechos imputados referidos a la falta de diligencia para investigar y sancionar a los responsables, y la ausencia de medidas de prevención de este tipo de casos.
Además expresó su voluntad de reparar a la madre de la víctima, Petita Albarracín, y a su familia. Aunque los representantes de la víctima valoraron positivamente el reconocimiento de responsabilidad del Estado, consideran que es insuficiente.
La historia de Paola
El caso se refiere a la presunta responsabilidad del Estado por la violencia sexual que sufrió durante dos años la menor Paola Guzmán Albarracín en el colegio Martínez Serrano, a manos del vicerrector Bolívar Espín y de un médico de ese centro educativo, situado en la ciudad de Guayaquil.
La menor comenzó a ser abusada sexualmente por Espín a los 14 años a cambio de ayuda con sus notas. Después de dos años quedó embarazada y Espín la obligó a abortar, según el recuento del caso presentado por la CIDH. El médico del colegio solo accedió a practicarle el aborto a cambio de favores sexuales, agregó el recuento.
La situación de violencia condujo a la joven a suicidarse mediante la ingesta de fósforo blanco, una sustancia sumamente tóxica que para esa época era de fácil acceso, ya que se utilizaba como fuegos artificiales llamados “diablillos”.
La demanda interpuesta por la Comisión Interamericana ante la Corte, señala que el Estado es responsable por la violencia sexual que habría conducido a la muerte de la menor, así como por la falta de diligencia en la investigación que permitió que el caso prescribiera.
La madre de la víctima, Petita Albarracín, pidió a los jueces que hagan “justicia” y afirmó que su testimonio es lo “último” que puede hacer por su hija.
“Ese hombre destruyó la vida de mi hija y la de mi familia”, afirmó Albarracín, en referencia al vicerrector del colegio al que asistía la joven.
La madre relató el momento en que recibió la noticia de que su hija había ingerido el fósforo blanco hasta su muerte en un centro médico, y aseguró que en el centro educativo conocían de la violencia sexual que sufría la menor y nadie hizo nada para protegerla.
“Hice todo lo posible, fui a la fiscalía, a la dirección de estudios, hubo mucha humillación, no me atendían, botaban los papeles”, se quejó Albarracín.
Caso emblemático a nivel internacional
Alejandra Cárdenas, directora adjunta del Programas Globales del Centro de Derechos Reproductivos, que actúa como representante de la víctimas en el proceso, dijo a Efe que este caso es emblemático no solo para América sino que a nivel mundial.
“Este caso va a tener impacto por todo el mundo porque los sistemas de justicia de derechos humanos tienen una deuda pendiente con las mujeres y las niñas. Esa deuda está en determinar con claridad que cuando las niñas y las mujeres tenemos relaciones sexuales que no hemos consentido o con personas que tienen una postura de autoridad e influencia, esas relaciones son abusivas”, afirmó Cárdenas.
La representante explicó que la Corte Interamericana tiene la oportunidad de establecer estándares claros sobre el acoso sexual, la educación sexual y el derecho de las niñas y mujeres a decidir sobre su cuerpo y su sexualidad.
El reconocimiento estatal y lo que viene ahora
La representante del Estado, María Fernanda Álvarez, quien es directora nacional de Derechos Humanos de la Procuraduría de Ecuador, expresó en la audiencia el reconocimiento de la responsabilidad estatal en cuanto a la falta de diligencia para investigar y sancionar a los responsables y la falta de prevención.
Sin embargo, los representantes de la víctima aseguran que es insuficiente.
“Nos parece importante que el Estado reconozca que ha sido negligente en la investigación del caso y que fue por negligencia que terminó prescrito el proceso, pero nos parece preocupante que no haya tenido la misma grandeza para reconocer las otras violaciones, particularmente el acoso sexual, el clima de normalización, y el grado de tortura que la llevó al suicidio”, comentó Cárdenas.
Tras la audiencia de este martes, la Corte IDH dará un plazo de un mes a las partes para que presenten sus alegatos finales por escrito, y a partir de entonces podrá emitir una sentencia en los siguientes meses. // Infobae