En el primer punto del orden del día de este martes figura el proyecto de ley que garantiza el derecho a la objeción de conciencia. A cambio de ir al cuartel, se establecen servicios sustitutivos y el pago de cinco jornales mínimos.
El artículo 129 de la Constitución Nacional reconoce el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio. Garantizar esta prerrogativa es el objetivo del proyecto de ley que establece disposiciones para la objeción de conciencia y establece el servicio civil sustitutivo, las exoneraciones y deroga la ley del 2010.
La propuesta pretende abrir la posibilidad de que el Defensor del Pueblo pueda resolver sobre la viabilidad de una solicitud de objeción de conciencia, basándose en criterios objetivos e imparciales y no limitándose a ser un ente que recibe solicitudes.
También se prevé la eliminación del plazo para la presentación de la objeción de conciencia, por considerar incoherente que se ponga un límite a que las personas ejerzan este derecho.
El servicio sustitutivo al Servicio Militar Obligatorio será de naturaleza civil, no combatiente ni punitiva y se prestará en beneficio de la población civil, en contribución al desarrollo sustentable del país y con una remuneración equivalente y proporcional a la que se percibe en el Servicio Militar Obligatorio,
Se contempla la posibilidad de que los objetores opten por pagar una contribución equivalente a 5 jornales mínimos (G. 535.000) en lugar de realizar el servicio sustitutivo.
Entre junio del 2010 hasta abril de este año, se tramitaron más de 55.000 solicitudes de objeción de conciencia. El objetor es aquel que, estando obligado a prestar el servicio militar, se niega por razones éticas o religiosas.