La disposición se da por vínculo, en seis servicios de esta Cartera de Estado: Hospital General de San Pedro Paraguay – Corea, Hospital Distrital de San Estanislao, Hospital Regional de San Pedro del Ycuamandiyú, Hospital Materno Infantil San Pablo, Hospital Psiquiátrico y Hospital Regional de Caacupé.

Por medio de la Resolución D.G.RR.HH. N° 1900, de fecha 14 de junio de 2021, el Ministerio de Salud dispone la reducción de la carga horaria de profesionales médicos con cargos permanentes o contratados a 12 (doce) horas semanales por vínculo, que prestan servicios en:

• Hospital General de San Pedro Paraguay – Corea

• Hospital Distrital de San Estanislao

• Hospital Regional de San Pedro del Ycuamandiyú

• Hospital Materno Infantil San Pablo

• Hospital Psiquiátrico

• Hospital Regional de Caacupé

Esto, por un periodo de prueba de tres meses, computados a partir de su implementación y conformidad de los afectados, con el fin de comprobar que dicha medida no perjudica su funcionamiento.

Aquellos profesionales médicos con cargos permanente o contratados, cuya antigüedad en la institución sea menor a 5 años, deberán cumplir carga horaria de 24 horas semanales.

No podrán acogerse a lo dispuesto en la resolución aquellos médicos, permanentes o contratados, trasladados (por resolución ministerial) a los citados servicios del Ministerio de Salud posterior a esta Resolución, debiendo mantener la misma carga horaria que tenían antes de ser trasladados a los referidos centros asistenciales.

No podrán acogerse a lo dispuesto en esta Resolución los profesionales contratados por contingencia.

La reducción de la carga horaria establecida en la Resolución en ningún caso conllevará a la contratación de nuevos vínculos para cubrir las eventuales brechas que pudieran ocasionarse con dicha reducción. 

Una vez transcurrido el plazo de tres meses, la reducción de la carga horaria tendrá carácter definitivo en el servicio, en el supuesto de comprobarse que su funcionamiento no se vio afectado.

Las autoridades de los servicios afectados deberán garantizar el buen funcionamiento de las prestaciones por parte de los profesionales que se acojan a las doce horas semanales, dispuestas por esta Resolución.

Descargar Resolución N° 1900 AQUÍ