El joven que lanza un perrito al agua en un video viral ya fue identificado por las autoridades. El mismo sería Alcides Ramón Ibáñez, oriundo del distrito de Paso Yobai, Departamento de Guairá.
Teresita Álvarez, titular de la Dirección de Bienestar Animal, mencionó a Última Hora que el sujeto, a quien se ve arrojar un perrito al agua, ya fue identificado gracias a la ayuda de la ciudadanía.
El joven fue identificado como Alcides Ramón Ibáñez, oriundo de Villarrica del Espíritu Santo, en el Departamento de Guairá.
Según Álvarez, el caso ya fue entregado a la Fiscalía. Además, el hombre —con quien aún no pudieron conversar y sigue con paradero desconocido— se enfrenta a una pena privativa de libertad de hasta dos años o una multa.
En un video que se difundió a través de las redes sociales se observa cómo un grupo de jóvenes se burlaban de un perro, mientras uno de ellos lo arrojaba a un cauce hídrico.
El hombre lanzó al animal a una altura considerable y de forma brusca al río. Afortunadamente, el perro logró salir rápidamente a la orilla.
Aunque en principio se manejó la información que el hecho ocurrió en Villarrica, se confirmó posteriormente que el suceso ocurrió en el Cerro Perõ, ubicado en el distrito de Paso Yobai, en el Departamento del Guairá.
Para cualquier información para hallar al sujeto, la ciudadanía se puede comunicar al teléfono (021) 232-397, ya que el mismo está habilitado para llamadas y WhatsApp.
En otras imágenes que se volvieron públicas en el transcurso de este lunes, se puede visibilizar aparentemente al joven Alcides Ramón Ibáñez en una fiesta en el Club 29 de Setiembre, en el Distrito de Paso Yobai. En el video también se observa a las personas que estuvieron en el cerro a la hora del supuesto maltrato animal.
La ley 4840, de protección y bienestar animal, establece que el Estado paraguayo debe encargarse de garantizar la adopción de acciones que aseguren la prevención y el tratamiento del dolor y el sufrimiento de los animales.
//Ultimahora.com.
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Asimismo, debe trabajar en erradicar y sancionar el maltrato y los actos de crueldad hacia los animales. El artículo 31 de la normativa señala textualmente que serán considerados actos de maltrato «convertir en espectáculo público o privado el maltrato, la tortura o la muerte de animales».
Las infracciones leves se sancionarán con una multa de 5 a 100 jornales mínimos; las graves, con una multa de 101 a 500 jornales mínimos; mientras que las muy graves se castigarán con 501 a 1500 jornales mínimos.
Además, se aplicará la prohibición de adquirir o poseer otros animales por un plazo que podrá ser de hasta diez años.