Un hombre recibió 6 años de pena privativa de libertad luego de ser hallado culpable por violencia familiar. La cantidad de años es la máxima estipulada para este hecho punible.
El fiscal Ever Ariel García representó al Ministerio Público en la audiencia de Juicio Oral y Público, en la cual Héctor Raúl Duré Melgarejo fue condenado a 6 años de cárcel, tras ser hallado culpable por la comisión del hecho punible de Violencia Familiar.
Sobre este caso, se resalta que es la máxima condena estipulada en el art. 229 de la ley N° 1160/97 “Código Penal” y su modificatoria de la ley N° 4628/12.
El Tribunal de Sentencia estuvo integrado por la jueza Liz Sanabria de Gneiting como Presidenta, y como miembros, las juezas Diana Arana de Uzuca y Elva Silva Amarilla, quienes hicieron la advertencia del art. 400 del Código Procesal Penal que manifiesta que en la sentencia “el Tribunal podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la de la acusación o del auto de apertura a juicio, o aplicar sanciones más graves o distintas a las solicitadas”.
De acuerdo a los antecedentes, el 15 de noviembre del 2018, Duré llegó hasta el domicilio de su exconcubina a la ciudad de General Artigas, Itapúa.
En el sitio agredió de manera verbal y física a la misma y a las hijas de la víctima. Comenzó a gritar y golpeó a las víctimas. Se dio aviso a las autoridades policiales y las mujeres víctimas fueron trasladadas a un centro médico para ser inspeccionadas.
Durante la investigación se corroboró que las agresiones por parte del acusado eran constantes, siendo esta la causa de la separación del vínculo sentimental de la pareja.
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