Para acceder a los beneficios que brinda la Ley N° 6725/2021 “Fondo Nacional UTI” y Ley N° 6742/2021 “Gasto cero”, el familiar, responsable, Hospital o Sanatorio Privado si corresponde, debe remitir una nota al Ministerio de Salud por mesa de entrada de Secretaría General o vía correo electrónico a gastocero@mspbs.gov.py solicitando acogerse a las leyes citadas.
Para ello, son requisitos obligatorios que deben ser presentados:
– Nombre y apellido completo del paciente con N° C.I.
– Nombre del Hospital o Sanatorio Privado en el que se encuentra internado.
– Fecha y hora de ingreso (debe corresponder con historia clínica).
– Detalle de cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde.
– Constancia de internación con fecha y hora de ingreso emitida por el Hospital o Sanatorio, indicando si es UTI o sala común.
– Información de contacto
Con la nota presentada, el MSPyBS inicia el proceso de verificación, para luego comunicar al Hospital o Sanatorio privado que el paciente es beneficiario de las leyes. Estos establecimientos serán los encargados de comunicar a los familiares de los pacientes que se encuentran acogidos a esta ley y bajo ningún punto de vista pueden seguir requiriendo pagos por el servicio prestado.