La Sala Penal de la Corte rechazó las aclaratorias y un recurso planteados por las defensas de los condenados, entre ellos, el ex ministro Luis A. Riart, por lo que ahora, el fallo queda firme y deberán cumplir con la pena de prisión.

El caso se inició tras la investigación de ÚH que había rebelado una sobrefacturación en la compra del edificio Excelsior, ubicado en 15 de Agosto y Presidente Franco, en el 2009. Fue adquirido por G. 14.045.123.400, cuando costaba G. 12.579.600.000.

Las defensas de los condenados Riart Montaner, José Albino Pistilli López, Marco Antonio Ferreira y Luis Fretes Prieto, todos condenados por lesión de confianza, habían planteado aclaratoria en contra del acuerdo y sentencia 222, del 4 de marzo pasado, de la Sala Penal de la Corte.

Con la citada se ratificaron las penas de 3 años de encierro para Luis A. Riart y para José Albino Pistilli, a más de 2 años de prisión para Luis Fretes Prieto.

Asimismo, se ratifica la nulidad de la absolución de Marco Antonio Ferreira, que deberá someterse a un nuevo juicio oral.

Los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Carolina Llanes, en forma unánime, rechazaron la aclaratoria que promovieron los procesados.

Indican que no existen expresiones oscuras, errores materiales o cualquier omisión en el fallo, por lo que no corresponde la aclaratoria.

RECURSO. Asimismo, el condenado Luis Fretes Prieto, a través de su abogado Antonio Morínigo, interpuso recurso de reposición en contra del acuerdo y sentencia dictado por la Sala Penal de la Corte.

No obstante, los ministros rechazaron la petición con el argumento de que las resoluciones de las Salas de la Corte, o del pleno, son irrecurribles, salvo por el recurso de aclaratoria.

Con ello, declararon inadmisible el recurso que promovió la defensa del condenado. De esta manera, quedan firmes las condenas de tres años de cárcel para el ex ministro Luis A. Riart y José Albino Pistilli y de dos años para Luis Fretes Prieto, con lo que deberán cumplir con las resoluciones.

En este caso, se remitirá el caso al Tribunal de Apelación, que a su vez, enviará al Tribunal de Sentencia, para finalmente derivarlo al Juzgado de Ejecución, que deberá citar a los procesados para el cumplimiento de las penas.

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