Con media sanción en la Cámara de Senadores, el nuevo proyecto de emergencia contempla la cobertura de hospitalizados por Covid, la contratación temporal de personal de blanco y el pago de subsidios por suspensión laboral o aislamiento, entre los puntos principales.
La ley de Emergencia Nacional creada en marzo del 2020, feneció el 31 de diciembre del 2021, sin haber sido prorrogada antes de su vencimiento pese al pedido del Ejecutivo de extender hasta junio varios de sus artículos.
La Comisión Permanente del Congreso decidió elaborar otro proyecto que recoja exclusivamente los puntos solicitados por las autoridades sanitarias. La senadora Lilian Samaniego tomó la iniciativa, aunque Esperanza Martínez y otros legisladores también presentaron otras versiones.
Finalmente fue aprobado con modificaciones un proyecto de 10 artículos que en su primer punto declara estado de emergencia en todo el territorio hasta el 30 de junio. También amplía hasta esa fecha la ley que declara bien público la investigación para desarrollo y compra para la distribución gratuita de vacunas contra el Covid-19.
En cuanto al Fondo Nacional de Cobertura para pacientes hospitalizados por Covid-19, la extensión es solamente hasta el 31 de marzo.
Además, la autorización al Ministerio de Salud, al IPS, al Hospital de Clínicas, al Hospital Militar y al Rigoberto Caballero para contrataciones para el reemplazo del personal de salud (de blanco y apoyo en salud) también va hasta el 31 de marzo.
La nueva versión también incluye la autorización al IPS hasta el 30 de junio, para el pago de compensaciones económicas a trabajadores formales con suspensión de contrato, aislamiento preventivo, en situación de riesgo (vulnerabilidad) y reposos de salud (que de hecho ya están previstos como cualquier otra enfermedad).
ARTÍCULOS DE TRANSPARENCIA
Los artículos 5,6,7 y 8 hablan principalmente de la Contraloría General de la República y los lineamientos de transparencia que deben ser establecidos, entre ellos, las auditorías, rendiciones de cuenta, canales de denuncias ciudadanas, y la puesta a disposición de toda la información relevante, esto último, a cargo de Mitic.
DISCUSIÓN JURÍDICA
Pese a que este nuevo proyecto de emergencia ya cuenta con media sanción y solamente resta la aprobación en Cámara de Diputados el próximo martes, durante la sesión del Senado se discutió un error jurídico en la redacción de la propuesta.
Inicialmente el artículo uno señalaba que se amplía la ley de emergencia hasta el 30 de junio, sin embargo, dicha legislación feneció el 31 de diciembre del 2021, por lo que, según el senador Juan Ramón Ayala, no se puede extender algo que ya no existe.
Finalmente, ese punto quedó escrito así: “Declárase estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay, ante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud a causa del COVID-19 o Coronavirus, hasta el 30 de junio de 2022”
No obstante, los artículos 2 y 3 sobre la adquisición de vacunas y el Fondo para hospitalizados por Covid, quedaron con el mismo vocablo: “amplíase hasta”, término que tampoco sería correcto para una legislación fenecida. Sin embargo, algunos parlamentarios sostuvieron que estas dos leyes seguían vigentes y otros que no.
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