El comandante de las Fuerzas Militares, Luis Gonzaga Garcete, y el exdirector general interino de Inteligencia, Coronel Martín Cáceres, surgen como dos de los presuntos responsables de la movida ilegal.

El comandante de las Fuerzas Militares, Luis Gonzaga Garcete, y el ex director general interino de Inteligencia, Coronel Martín Cáceres, surgen como dos de los presuntos responsables de la movida ilegal que implicó desvío de fondos para el combate al EPP, por un lado, y operaciones de monitoreos no avaladas por el comando en jefe, por el otro.

“Por medio de las notas firmadas por el entonces director general interino de Inteligencia, coronel Martín Cáceres Ríos, los militares se apartaron de lo dispuesto en la Directiva del Comando en Jefe que sólo autorizaba este tipo de tareas para los departamentos de Concepción y San Pedro, con lo cual también accedieron a beneficios indebidos, cobrando el propio coronel Cáceres Ríos los viáticos y gratificaciones previstas para los agentes que despliegan tareas en el Norte del país”, sostiene una parte del informe del sumario abierto sobre denuncias en medios de prensa.

En la orden de servicio 17/15 de fecha 16 de setiembre de 2015, la 19/15 del 21 de octubre de 2015, como la 19/15 del 21 de octubre de 2015 Gonzaga Garcete y Cáceres Ríos, aparecen como los responsables de ordenar monitoreos de una marcha estudiantil y del partido Paraguay Pyahura, así como las festividades de Caacupé.

Todo en contravención a la Directiva de Operaciones número 1 del Comando en jefe de las FF.AA, que ordena ese tipo de operaciones exclusivamente para los departamentos de Concepción y San Pedro (zonas de combate al EPP).

¿Por qué Gonzaga Garcete y Cáceres Ríos ordenaron dichas operaciones sin aval de la comandancia?

La presunción de los investigadores va por el lado de la justificación del cobro (ilegal) de viáticos que implica todo servicio extra en las FF.AA.

LA ACUSACIÓN

La acusación contra Gonzaga Garcete y Cáceres Ríos sostiene que intentaron tapar el cobro ilegal de viáticos, “amparados” en leyes de seguridad interna, que prevé monitoreos para casos especiales.

El monitoreo de actividades realizadas por personas o grupos de civiles, no es inconstitucional puesto que esta actividad y otras similares se encuentran comprendidas dentro del artículo 173 de la Carta Magna, que establece la Misión de las Fuerzas Armadas y están previstas en la Ley 5241 del 20 de agosto de 2013 por la cual se crea el Sistema Nacional de Inteligencia (Sinai), así como el Decreto N° 2812 de fecha 18 de diciembre de 2014 que reglamenta la citada ley y en cuyo artículo 3°, determina su competencia que es a nivel nacional en materia de inteligencia y contrainteligencia.

QUÉ ES UNA DIRECTIVA EN LAS FF.AA.

En base a las atribuciones conferidas por el artículo 238 de la Constitución Nacional y las leyes 216/93 de Organización de las FFAA y el artículo 1 de la Ley 1115/97 del Estatuto del Personal Militar, el comandante en Jefe de las FFAA, está facultado a adoptar las medidas necesarias para la defensa nacional, y disponer por medio de directivas el empleo de las FFAA en misiones que atañen a dicha institución.

Según el Manual de Correspondencia y Órdenes de las FFAA, se conceptúa a la directiva como la orden utilizada para determinar objetivos amplios, previsiones de los planes preparados para los comandantes en el teatro de operaciones.

Por consiguiente, es común la directiva en el estamento castrense y su emisión es tradicional por los comandantes en Jefe desde 1989 hasta el presente, según se observan en documentos exclusivos a los cuales tuvo acceso el programa “LA CAJA NEGRA” de Unicanal.

En ese sentido se menciona una Directiva de seguridad del 23 de diciembre de 1992 (B1) firmada por el Gral. Andrés Rodríguez.

También aparece una Directiva de Segurida del 1 de agosto de 1995 (B2) firmada por el Ing. Juan Carlos Wasmosy; así como otras el 23 de febrero de 1996 (B3), el 30 de abril de 1996 (B4) y el 17 de marzo de 1998 (B5), todas ellas firmadas por Wasmosy. En ellas se dispone la participación del personal militar en actividades relacionadas a la seguridad interna.

Posteriormente, el presidente Luis González Macchi firmó la Directiva 1 del 30 de noviembre de 1999 (B6); otras del 16 de febrero de 2001, el 11 de enero de 2000, el 5 de diciembre de 2000 (B7) y el 1 de marzo de 2001 (B8) también ordenadas por González Macchi.

También está la Directiva de Seguridad del 8 de abril de 2008 firmada por el comandante en Jefe de entonces Nicanor Duarte Frutos (B9), en la que también se establecen normas de seguridad.

Asimismo, el presidente Fernando Lugo Méndez firmó otras directivas similares como la del 1 de enero de 2009 (B10), el 24 de abril de 2010 y el 10 de octubre de 2011 (B11) y finalmente, también apareció la Directivo de Seguridad firmada el 31 de julio de 2013 por el presidente saliente, Federico Franco Gómez (B12)./Hoy.