La justicia sentenció a un hombre en Ciudad del Este por incumplimiento del deber legal alimentario.

El fiscal Alberto Torres consiguió la condena de un hombre a 2 años de pena privativa de libertad por un hecho de incumplimiento del deber legal alimentario, en un juicio oral realizado en el Poder Judicial de Ciudad del Este. El mismo está identificado con las iniciales A.D.O., de 52 años de edad. La sentencia es con suspensión a pruebas de la ejecución de la condena.

Según datos, el ahora sentenciado estaba obligado a depositar 530 mil guaraníes mensuales en una cuenta judicial del Banco Nacional de Fomento (BNF) a favor de sus tres hijos menores, según la Sentencia Definitiva N° 105, de fecha 5 de abril de 2019, emitida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná.

Sin embargo, el hombre no realizó ningún depósito en todo ese tiempo, totalizando una deuda de 19.080.000 guaraníes, por lo que fue denunciado ante el Ministerio Público por su exesposa y madre de los niños. La mujer declaró que el sindicado nunca ayudó en nada a sus hijos menores, molesto porque la misma le había denunciado por violencia doméstica y pidió su exclusión de hogar.

Fiscalía imputó en su momento al sujeto y ahora propició su condena a 2 años con suspensión. El Tribunal de Sentencia que dictó el fallo estuvo conformado por los magistrados Herminio Montiel, Marino Méndez y Zunilda Martínez Noguera.

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