Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) recuerdan que tanto la cédula vigente como la vencida son válidas para votar en las Elecciones Nacionales del próximo 30 de abril.

El Artículo 208 del Código Electoral Paraguayo dispone que el único documento válido para sufragar en las elecciones es la cédula de identidad, independientemente a su vencimiento.

La identificación del elector y el derecho a votar se acredita con la cédula de identidad, la que será entregada al turno de votar”, refiere la normativa electoral vigente.

Si la cédula dada a los miembros de la mesa de votación se encuentra vencida, el elector está igualmente habilitado a sufragar, por lo que no deberían darse inconvenientes en ese sentido.

En el caso de los paraguayos que acudirán a votar el próximo 30 de abril en Argentina, Brasil, Estados Unidos o Españadeberán adjuntar sus respectivos pasaportes a la cédula como documento electoral válido.

Para estas Elecciones Nacionales se encuentran habilitados un total de 4.782.940 electores, de los cuales 41.505 son paraguayos residentes en el extranjero.

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