Un total de 16 conductores conducían ebrios en Coronel Oviedo. // Hoy.com

La Patrulla Caminera inició el operativo verano e informó qué cosas puede pedir a los conductores. También respondió dudas acerca de si conducir sin zapatos o sin remeras, hablar por teléfono y tomar tereré representan o no una falta.

El jefe de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, Édgar Fariña, habló acerca del plan verano que inició este lunes y que se extenderá hasta finales de febrero, con el ordenamiento y la regulación del tránsito, además de los controles de faltas en flagrancias.

En conversación con la 730 AM, informó que los efectivos podrán solicitar los siguientes documentos: licencia de conducir, habilitación municipal al día, cédula verde y la placa identificatoria del vehículo o chapa provisoria, válida por 20 días.

También controlarán faltas en flagrancias como: circular sin luz, exceso de velocidad, adelantamientos indebidos y cruzar en luz roja. Además, se prevén controles de alcotest.

Fariña también aclaró ciertas dudas acerca de si algunas acciones constituyen o no una falta:

Tomar tereré: beber tereré, agua, jugo o cualquier otra bebida en movimiento, constituye una falta grave que implica una multa de 10 jornales. Sin embargo, está permitido hacerlo cuando el vehículo está detenido en el semáforo en rojo o a un costado de la ruta.

Utilizar el celular: sea para mensajear, revisar redes sociales o hablar, aunque fuera con manos libres, es una falta, salvo en semáforo en rojo. El teléfono es considerado un elemento distractor.

Conducir sin camisa: la ley no contempla esta posibilidad, por lo tanto, no representa ninguna falta, aunque queda a conciencia de cada uno.

Manejar descalzo: la legislación tampoco establece esta situación, pero por medida de seguridad, se recomienda utilizar un calzado cerrado y seguro, no una zapatilla ni una sandalia, debido al riesgo de que se trabe en los pedales.

Negarse al alcotest: según Fariña, negarse al alcotest representa una falta gravísima

Manejar sin casco: también es una infracción e implica una multa de 11

jornales.

MULTAS NO PUEDEN PAGARSE EN CUOTAS

Las multas deben pagarse al contado, sin embargo, para ciertas infracciones menores, existe un descuento del 25 % para quienes abonan dentro de los 5 días hábiles y siempre y cuando se trate de la primera infracción.

RETENCIÓN DE LA LICENCIA Y DEL VEHÍCULO

Los casos en los que la Caminera puede retener la licencia o el vehículo son:

Cuando el conductor no tiene la documentación requerida o esté vencida

Cuando no reúne las condiciones de seguridad

Cuando se genera una situación que ponga en peligro a los demás, como circular sin luz de noche

Para la recuperación, se cumple con el derecho administrativo, es decir, el pago de la multa. En caso de carencia de licencia, se remite el antecedente a la Fiscalía y una vez que esta instancia lo autoriza, el infractor paga la multa y retira el vehículo presentando su licencia.

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