Humberto Otazú, juez natural del caso de los 3.700 millones supuestamente desviados del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), no pudo actuar en la causa por dos años; ello debido a que la Corte Suprema tardó ese tiempo en expedirse sobre un recurso de apelación, que finalmente resultó improcedente.

El 27 de junio de 2016, Víctor Llano, uno de los acusados, junto a los ex ministros Enzo Cardozo y Rody Godoy, presentó una recusación al juez Otazú; esta fue rechazada el 8 de julio de 2016. Llano apeló y llegó hasta la Corte Suprema de Justicia. El organismo rector remitió una respuesta recién el 16 de marzo del 2018.

Entre la presentación de la recusación y la resolución de la Corte –que finalmente confirmó lo dispuesto por el Tribunal de Apelaciones en el 2016– la causa de los 3.700 millones fue llevada por el juez interino Julián López.

Tiempo perdido. Mientras la Corte Suprema no se expedía, la causa descansó sobre el juez interino. Este incidente, en la práctica, significó una puesta en cero a todo el proceso que se encontraba en etapa incipiente, atendiendo que la acusación se realizó entre mayo y abril del 2015.

La inactividad dentro del proceso se grafica con la nula acción, registrando cero audiencias preliminares durante todo el 2017. Que también se lee en el agravio del fiscal Leonardi Guerrero, que refiere que el pedido de compulsa para continuar con el recurso se presentó recién en octubre del 2017. Y el requerimiento de sustanciar audiencia preliminar solicitado al juez Humberto Otazú el 17 de julio del 2018. Igualmente ambas acciones de la Fiscalía fueron descriptas como displicentes.

En el documento de la Corte Suprema, que data del 16 de marzo de 2018, se lee que la recusación que dejó en pausa al juez Otazú era claramente improcedente por ni siquiera sustentarse en preceptos determinados para la recusación en la ley. Conclusión que a la máxima figura judicial le tomó 24 meses.

A poco de la confirmación del juez Humberto Otazú este fue recusado por la defensa de Maristela Azuaga en agosto del 2018; apeló y se rechazó en setiembre del mismo año.

4 años más. Dentro del mismo proceso, también se encuentra un periodo de 4 años para responder la acción de inconstitucionalidad presentada por el ex ministro Enzo Cardozo. Lo que supuso, según puntualizó el fiscal Leonardi Guerrero –en su defensa en la apelación a la prescripción de la causa– que el expediente estuviera fuera del Juzgado de Garantías del 3 de diciembre de 2014 aI 18 de marzo de 2019.

En este punto la Corte se tomó este largo periodo para establecer que “no corresponde ni se justifica reexaminar cuestiones debatidas y resueltas en otras instancias cuando no se advierten inobservancias de normas constitucionales” y remarca que más aún en el caso por tratarse de un proceso que se encuentra en sus inicios y en pleno trámite, por lo que es inviable la admisión.

Acciones dilatorias. Para la prescripción del proceso judicial en el que fueron acusados los ex ministros Enzo Cardozo y Rody Godoy, en suma las acciones de las defensas de las ex autoridades y de otros 11 acusados recurrieron a repetidos recursos que permitieron la suspensión de 11 audiencias preliminares gracias a unas cinco recusaciones, sin excepción todas fueron apeladas y dos de ellas llevadas hasta la Corte Suprema de Justicia.

El caso que quedó en acciones preliminares y no pudo ser presentado por la Fiscalía en juicio oral inicio en el 2014 y se extendió hasta el 2021.

3.700 millones es el monto transferido a proyectos contra la pobreza entre el 2011 y 2013 que no llegó a los beneficiarios.

Repetidas recusaciones al magistrado

El 27 de junio del 2016, Víctor Llano recusó al juez Humberto Otazú. El recurso fue rechazado en julio del mismo año. Pasó a la Corte Suprema que se expidió recién en marzo del 2018.

Unos cinco meses después de ser confirmado en la causa por la Corte, Otazú también fue recusado la defensa de Maristela Azuaga; en agosto de 2018, la acción fue rechazada. Azuaga apeló y finalmente en setiembre de ese año se volvió a rechazar.

El 11 de junio del 2019, la defensa de Rody Godoy volvió a recusar al juez; la resolución salió en primera instancia, en julio de 2019, y ante el Tribunal de Apelaciones, el 31 de diciembre de 2019.

En tanto, el 27 de julio de 2020, la defensa de Sinecio Rivas utilizó el mismo recurso sobre Otazú. La resolución fue rechazada el 29 de ese mes. La apelación confirmó el rechazo y declaró el recurso inadmisible la acción finalmente el 24 diciembre del 2020.