El hombre nunca asistió económicamente a sus tres hijos desde que se separó de su esposa.

La fiscal Carolina Rosa Gadea, en representación del Ministerio Público, propició la condena de un hombre por incumplimiento del deber legal alimentario.

El sentenciado está identificado con las iniciales S.C.K., quien recibió una sanción de 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, con la obligación de abonar el monto atrasado que totaliza la suma de G. 104.800.000.

De acuerdo con los antecedentes, el acusado nunca asistió económicamente a sus tres hijos menores desde la separación de su esposa, por lo que la mujer inició un juicio de prestación alimentaria.

El 18 de junio de 2012, la jueza Delsy Cardozo, mediante sentencia definitiva número 370, estableció la suma de G. 800.000 como aporte que el hombre debía depositar en una cuenta judicial a favor de sus hijos menores.

Sin embargo, el denunciado nunca cumplió con la prestación, por lo tanto fue denunciado ante el Ministerio Público, que inició la investigación que finalmente condujo a su condena.

El Tribunal de Sentencia que emitió el fallo estuvo presidido por el juez Marino Méndez y conformado por sus pares Zunilda Martínez y Herminio Montiel.

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