Conforme a las tareas de acompañamiento en la organización de las Elecciones Internas Simultáneas del 18 de diciembre, serán implementados algunos mecanismos de accesibilidad electoral para que personas con discapacidad que acudan a los locales de votación puedan cumplir con el ejercicio del sufragio activo.
Una de las formas de aplicación del Voto Accesible, detallada en en el Código Electoral, es el Voto en Orden Preferente que tiene como beneficiarios a embarazadas, mujeres con bebé en brazo, adultos mayores, además de las personas con discapacidad y personas con problemas de salud, quienes tendrán prioridad y no están obligadas a formar fila para cumplir con lo que establece la legislación vigente.
Será implementado también el Voto Asistido, que está dirigido a las personas con discapacidad visual o de miembros superiores, estos electores podrán ser asistidos por una persona de su confianza durante el procedimiento de votación. Este beneficio es de carácter excepcional y será otorgado únicamente en el caso que los demás mecanismos de accesibilidad definidos en la Ley 834/1996 no sean adecuados para asegurar el ejercicio del sufragio por parte del elector.
La discapacidad del elector será debidamente comprobada por los miembros de mesa correspondiente y de haber oposición, se resolverá por mayoría simple de votos de los mismos.
Por otra parte, la Dirección de Servicios Electorales puntualiza que para las Elecciones Nacionales del 2023 se tiene previsto aplicar, además de los citados mecanismos de accesibilidad electoral, otros mencionados en el reglamento del Voto Accesible como el Voto en Casa. Para estos comicios, la reglamentación está definida en la Resolución TSJE Nº 18/2022.
DiarioHOY.com.py