Los jueces y fiscales ya no podrán pedir permiso para ejercer otras funciones sino que deben obligatoriamente renunciar a su cargo, en cargos como Ministros o Viceministros del Ejecutivo, según la disposición consensuada dentro de la Comisión de Reforma Judicial, presidida por el Senador Eduardo Petta. Tampoco asistirán en reuniones de partidos o movimientos políticos.
Los representantes del Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Poder Judicial se reunieron ayer para analizar el anteproyecto de Organización Judicial, específicamente referido al Libro II De los Funcionarios y Auxiliares de Justicia: Título II De Funcionarios Jurisdiccionales, Libro III Deberes, atribuciones y prohibiciones de Magistrados y Funcionarios Judiciales: Título I Deberes, Atribuciones y prohibiciones de los Magistrados Judiciales.
La reunión que se desarrolló en la sala de sesiones del Senado estuvo presidida por el ministro de la Corte, Raúl torres Kirmser. Estuvieron el Senador Arnaldo Giuzzio, los diputados Jorge Avalos Mariño, Julio Javier Ríos, Ramón Romero Roa, la Dra. María Victoria Rivas Asesora de la Comisión de Reforma Judicial, el Juez Agustín Fernández, el Dr. Martínez Simón Representante del Poder Judicial, y Representantes de la Corte Suprema de Justicia.
En el capítulo de prohibiciones e incompatibilidades de los Jueces, fiscales y defensores públicos se incorporaron normas muy rígidas. Se mantienen las prohibiciones de que no pueden participar en actividades comerciales, tampoco podrán participar en partidos o movimientos políticos, ni como integrantes, ni como espectador.
Debatieron sobre la polémica que surge en torno a que jueces, fiscales, defensores públicos ocupen otros cargos. La Comisión de Reforma Judicial resolvió que no pueden pedir permiso para ejercer otras funciones que no sean las exclusivamente vinculadas a su cargo.
La Mora judicial. Otro punto ampliamente debatido fue como combatir la mora judicial en donde se establece que si un juez que no resuelve o que tenga dos peticiones de quejas por retardo de justicia en un año judicial puede ser motivo de enjuiciamiento en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Con estas incorporaciones y medidas, la Comisión Nacional de Reforma Judicial trata de agilizar los trámites y de destrabar ciertos procesos que están en el sistema judicial. La finalidad es lograr que los jueces puedan resolver los casos dentro de los plazos procesales establecidos y en caso de que no lo hagan, las responsabilidades sean personales y tengan sanciones disciplinarias, no solamente sanciones procesales
La Comisión Nacional de Reforma Judicial tiene el apoyo técnico del Centro de Estudios Judiciales (CEJ) que busca abrir un espacio de diálogo social para la identificación de los principales problemas en torno al acceso a Justicia y a los servicios de la Administración de Justicia, su discusión, análisis y la construcción participativa de una hoja de ruta de los temas prioritarios en el proceso de la Reforma Judicial.