SEAM comunica regulación de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz a fin de precautelar el uso sustentable de la aguas de la Cuenca del Río Tebicuary La Secretaría del Ambiente comunica que se encuentra vigente la Resolución N° 511/16 “Por la cual se regula la extracción de agua por bombeo para el regadío de cultivo de arroz en la Cuenca de Río Tebicuary”.
Considerando la necesidad de establecer criterios mínimos para precautelar el uso sustentable de las aguas de la Cuenca del Río Tebicuary , en especial en épocas de estiaje, asegurando la sustentabilidad ambiental para el riego de producción de arroz.
Se reitera la obligación de construir reservorios para el almacenamiento de agua en los periodos de exceso hídrico con el objeto de evitar el bombeo permanente de las aguas del Rio mencionado. El cumplimiento de este requisito será indispensable para la vigencia de la Licencia Ambiental.
Determinar a los efectos de la correcta interpretación y aplicación de ella presente disposición, el alcance de los siguientes términos: Cuenca Alta y Media: Rio Tebicuary desde su naciente hasta la confluencia con el río Tebicuary-mí y la Cuenca Baja: Rio Tebicuary-mi desde la confluencia del río Tebicuary. Exigir la presentación por parte de cada Asociación de Productores de arroz de un Plan para la implementación del Riego Escalonado del Cultivo de arroz por Cuencas.
En caso de incumplimiento de las disposiciones de la resolución, constatadas a partir de intervenciones realizadas por la SEAM a través de la Dirección de Fiscalización Ambiental Integrada, se deberá comunicar a la Dirección de Asesoría Jurídica a los efectos de proceder al análisis jurídico de los hechos constatados y determinar los responsables previo sumario administrativo, según informaron a Prensa5 desde la Red Activo Paraguay.