La Cámara de Senadores aprobó en sesión extraordinaria el proyecto de ley que regula los permisos laborales para trabajadoras en estado de gestación. El cambio introducido fue la reducción de la multa aplicada por el incumplimiento de las disposiciones.

El objetivo de la propuesta es regular los permisos laborales para consultas, controles y estudios prenatales de todas las trabajadoras embarazadas, ya sea del sector público y privado, sin que sean descontadas del salario o remuneración, este punto está detallado en el artículo 4 de documento.

El Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Economía serán las autoridades de aplicación de la ley dentro de sus respectivas competencias. El papel de la cartera sanitaria será fundamental, establecerá en la reglamentación el número mínimo de controles prenatales necesarios.

La propuesta establece que los permisos para cada control prenatal serán de hasta cuatro horas, y dichas horas se computarán como trabajadas a todos los efectos legales.

El artículo que sufrió modificaciones fue el 8, estableciendo que el incumplimiento de las disposiciones será sancionado con multas que van desde 10 hasta 50 jornales mínimos diarios, es decir, entre G. 1.076.270 y G. 5.381.350. La propuesta inicial fijaba de 50 a 100 jornales.

Si bien, la Ley 5508/2015 de Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna ya establece un marco para la protección de la maternidad y la lactancia, enfocándose en los permisos posteriores al nacimiento del niño, este proyecto se centra en la necesidad de regular los permisos laborales durante el embarazo.

Finalmente, el proyecto fue aprobado con ese ajuste y será remitido nuevamente a la Cámara de Diputados para su posterior análisis.

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